Constitutión Española

Land
Spain

Artículo 39(1) Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. (2) Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad. (3) Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda. (4) Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.