Marco de la UE relativo a la CDPD de las Naciones Unidas - Contribución al proceso de examen de la UE

En virtud del artículo 35 de la CDPD, cada una de las partes en la Convención debe presentar informes periódicos sobre las medidas que haya adoptado para aplicar la CDPD al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Comité CDPD).

El primer informe debe presentarse dos años después de la entrada en vigor de la CDPD en el Estado Parte de que se trate y los informes sucesivos cada cuatro años.

Estos informes constituyen la base en la que se fundamenta el Comité CDPD para evaluar los progresos realizados en la aplicación de la Convención.

Examen de la aplicación de la CDPD en la UE

En consonancia con sus obligaciones, la Comisión Europea presentó el primer informe sobre la aplicación de la CDPD en la UE, en nombre de la Unión, en junio de 2014. El informe resume las acciones emprendidas por la UE para aplicar la CDPD dentro de su ámbito de competencias, que engloba tanto el derecho y las políticas de la Unión como la aplicación interna por parte de las instituciones, agencias y organismos de la UE.

En abril de 2015, el Comité CDPD publicó la «lista de cuestiones» en respuesta al informe de la UE, en la que exponía una serie de cuestiones sobre las cuales deseaba obtener información adicional de la UE. La Comisión Europea respondió, en nombre de la Unión Europea, facilitando más información en junio de 2015.

La parte principal del proceso de examen se efectuó en agosto de 2015, con un «diálogo constructivo» entablado entre la Unión Europea, representada por la Comisión Europea, y el Comité CDPD.

Tras la celebración de este debate, el Comité CDPD publicó en septiembre de 2015 su evaluación sobre la aplicación de la Convención en la UE y recomendaciones para su seguimiento en forma de «observaciones finales». Las observaciones finales se refieren a casi todos los artículos de la CDPD y ofrecen recomendaciones concretas sobre cómo la UE podría mejorar la aplicación de la Convención.

Además de los documentos oficiales elaborados por la Comisión Europea y el Comité CDPD, un gran número de órganos nacionales de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil y organizaciones de personas con discapacidad presentarón sus propios informes al Comité CDPD a propósito de la aplicación de la Convención en la UE.

Fases principales del examen de la UE por parte del Comité CDPD

Informe del Estado Parte
• La Comisión Europea presentó el informe de la UE en junio de 2014.
List de cuestiones
• En abril de 2015, el Comité CDPD publicó la «lista de cuestiones» en respuesta al informe de la UE, en la que exponía 45 cuestiones sobre las cuales deseaba obtener información adicional de la UE.
• La Comisión Europea respondió a estas preguntas en nombre de la UE en junio de 2015.
Observaciones finales
• Los días 27 y 28 de agosto de 2015, la UE comparecio ante Comité CDPD para entablar un «diálogo constructivo» sobre su aplicación de la Convención.
• El Comité CDPD publicó sus observaciones finales sobre la UE en septiembre de 2015, en el que exponía su evaluación sobre el historial de la UE y recomendaciones sobre cómo podría mejorarse la aplicación de la Convención por parte de la UE.

Fuente: FRA, 2016

Todos los documentos relacionados con el proceso de examen están disponibles en línea.

Contribución del Marco de la UE al proceso de examen

El Marco de la UE participó activamente en todas las etapas del proceso de examen.

El Marco de la UE celebró dos reuniones privadas con el Comité CDPD, una cuando se celebró el debate relativo a la lista de cuestiones relativas a la UE y otra al entablarse el diálogo constructivo. El Marco también publicó declaraciones de apertura y cierre durante el diálogo constructivo entre la UE y el Comité CDPD.

Función del Marco de la UE en el proceso de examen

Marzo de 2015 • Los miembros del Marco declaran en un encuentro de alto nivel su voluntad y disponibilidad a participar activamente en el proceso de examen y en el seguimiento de las observaciones finales
Abril de 2015 • Sesión informativa a puerta cerrada del Marco de la UE con el Comité CDPD antes de iniciarse el debate relativo a la lista de cuestiones
Mayo de 2015 • Participación en la audiencia del Parlamento Europeo sobre la CDPD
Agosto de 2015
• Declaraciones de apertura y cierre durante el diálogo constructivo entre la UE y el Comité CDPD
• Sesión informativa a puerta cerrada del Marco de la UE con el Comité CDPD
A partir de septiembre 2015
• Seguimiento de las observaciones finales, incluido el intercambio de puntos de vista con la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo

Fuente: FRA, 2016

Además, el Parlamento Europeo organizó tres actos con el fin de analizar el proceso de examen: una audiencia pública en mayo de 2015 relativa a la lista de cuestiones, una nueva audiencia pública en enero de 2016 y un intercambio de puntos de vista con la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales en febrero de 2016, en la que participaron todos los miembros del Marco de la UE.

Todos los miembros del Marco de la UE se han comprometido a apoyar el seguimiento de las observaciones finales por parte de la UE.

Recomendaciones relativas al Marco de la UE

Parte de las observaciones finales del Comité CDPD se refieren específicamente al Marco de la UE:

«El Comité observa con preocupación que el Marco de la Unión Europea para la aplicación y supervisión de la Convención no se atiene íntegramente a los principios de París ni cuenta con recursos suficientes. Además, se ha designado a la Comisión Europea como organismo de referencia (artículo 33, apartado 1) y como parte del marco de supervisión (artículo 33, apartado 2).

El Comité recomienda que la UE tome medidas para separar las funciones de la Comisión Europea, excluyéndola del marco de supervisión independiente, al objeto de garantizar el pleno cumplimiento de los principios de París y que dicho marco cuente con recursos suficientes para desempeñar sus funciones. Además, recomienda que la [UE] considere la constitución de un mecanismo de coordinación interinstitucional y la designación de puntos focales en cada institución, agencia y organismo de la Unión».

A la Comisión Europea, en su calidad de organismo de referencia de la CDPD en la UE, se le pidió que proporcionara al Comité CDPD información acerca de las medidas adoptadas para aplicar la presente recomendación en septiembre de 2016.